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	<title>Comments on: ¿Golpe de Estado o pleno funcionamiento del Estado de Derecho?</title>
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	<description>Ideas políticas</description>
	<lastBuildDate>Sun, 15 Aug 2010 20:55:37 +0000</lastBuildDate>
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		<title>By: MARCO PORRAS COSTA RICA</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-114</link>
		<dc:creator>MARCO PORRAS COSTA RICA</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Nov 2009 00:20:08 +0000</pubDate>
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		<description>Otra más, sabe porqué se inventaron lo de la carta de renuncia. Porque para nombrar un nuevo presidente debian esperar hasta que el presidente explicara porque había salido del País sin el permiso del Congreso, que tal?. El Golpe de Estado en Honduras, entre juristas de verdad le llaman &quot;ORNITORRINCO JURIDICO&quot;. saludos. Estoy escribiendo un artículo jurídico de verdad sobre la naturaleza jurídica de la Sucesión Constitucional. En cuánto lo termine se lo mando. saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Otra más, sabe porqué se inventaron lo de la carta de renuncia. Porque para nombrar un nuevo presidente debian esperar hasta que el presidente explicara porque había salido del País sin el permiso del Congreso, que tal?. El Golpe de Estado en Honduras, entre juristas de verdad le llaman &#8220;ORNITORRINCO JURIDICO&#8221;. saludos. Estoy escribiendo un artículo jurídico de verdad sobre la naturaleza jurídica de la Sucesión Constitucional. En cuánto lo termine se lo mando. saludos.</p>
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		<title>By: MARCO PORRAS COSTA RICA</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-113</link>
		<dc:creator>MARCO PORRAS COSTA RICA</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Nov 2009 00:13:06 +0000</pubDate>
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		<description>José Luis: Y el procedimiento para eliminarle la ciudadanía Hondureña a Zelaya?: usted me está diciendo entonces que el Debido Proceso en Honduras no existe, si es así, entonces si creo que la expulsión fue &quot;correcta&quot;, (LO QUE EN TODO CASO, RESULTA SER UN RIDICULO JURIDICO NACIONAL). Pero retomando las lineas de la discusión de arriba, su respuesta ignora adrede el resto de la Constitución, los tratados internacionales sobre derechos humanos, y no pasa de ser una mera excusa. Por favor, esa respuesta es una falta de respeto. Ya lo dice el conocido refrán, una interpretación fuera del contexto es un PRETEXTO.  Yo estudie la Constitución, la Ley de Adminitración Pública, la Ley de procedimientos administrativos, la Ley de Justicia Constitucional y el Código Penal y NO ENCONTRÉ LA REGULACION DEL PROCEDIMIENTO DE SUCESION CONSTITUCIONAL,... PORQUE? PORQUE NO EXISTE. Gracias por el vínculo a &quot;Documentos de orden de captura.&quot; Sabe porqué sólo esta la Acusacion a Zelaya firmada por el fiscal,? y no la orden de captura de la CORTE? PORQUE EL CODIGO PENAL ESTABLECE CARCEL PARA EL FUNCIONARIO QUE detenga, procese o juzgue a un funcionario público que goce de inmunidad, SIN CUMPLIR CON EL PROCEDIMIENTO DE LEY. (LEVANTAR LA INMUNIDAD).  &quot;ARTICULO 353. Se impondrá multa de cinco mil (L.5,000.00) a diez mil Lempiras (L.10,000.00) e inhabilitación especial de tres (3) a seis (6) años al funcionario o empleado que, a sabiendas, detenga, procese o juzgue a un funcionario público que goce de inmunidad sin haber agotado previamente los procedimientos establecidos por la ley.&quot; saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>José Luis: Y el procedimiento para eliminarle la ciudadanía Hondureña a Zelaya?: usted me está diciendo entonces que el Debido Proceso en Honduras no existe, si es así, entonces si creo que la expulsión fue &#8220;correcta&#8221;, (LO QUE EN TODO CASO, RESULTA SER UN RIDICULO JURIDICO NACIONAL). Pero retomando las lineas de la discusión de arriba, su respuesta ignora adrede el resto de la Constitución, los tratados internacionales sobre derechos humanos, y no pasa de ser una mera excusa. Por favor, esa respuesta es una falta de respeto. Ya lo dice el conocido refrán, una interpretación fuera del contexto es un PRETEXTO.  Yo estudie la Constitución, la Ley de Adminitración Pública, la Ley de procedimientos administrativos, la Ley de Justicia Constitucional y el Código Penal y NO ENCONTRÉ LA REGULACION DEL PROCEDIMIENTO DE SUCESION CONSTITUCIONAL,&#8230; PORQUE? PORQUE NO EXISTE. Gracias por el vínculo a &#8220;Documentos de orden de captura.&#8221; Sabe porqué sólo esta la Acusacion a Zelaya firmada por el fiscal,? y no la orden de captura de la CORTE? PORQUE EL CODIGO PENAL ESTABLECE CARCEL PARA EL FUNCIONARIO QUE detenga, procese o juzgue a un funcionario público que goce de inmunidad, SIN CUMPLIR CON EL PROCEDIMIENTO DE LEY. (LEVANTAR LA INMUNIDAD).  &#8220;ARTICULO 353. Se impondrá multa de cinco mil (L.5,000.00) a diez mil Lempiras (L.10,000.00) e inhabilitación especial de tres (3) a seis (6) años al funcionario o empleado que, a sabiendas, detenga, procese o juzgue a un funcionario público que goce de inmunidad sin haber agotado previamente los procedimientos establecidos por la ley.&#8221; saludos.</p>
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		<title>By: Jose Luis Rivas</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-110</link>
		<dc:creator>Jose Luis Rivas</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 07 Nov 2009 02:35:43 +0000</pubDate>
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		<description>Si pierde la nacionalidad deja de ser hondureño y eso es lo que establece el artículo pues es un traidor a la patria. ;-)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si pierde la nacionalidad deja de ser hondureño y eso es lo que establece el artículo pues es un traidor a la patria. ;-)</p>
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		<title>By: MARCO PORRAS COSTA RICA</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-108</link>
		<dc:creator>MARCO PORRAS COSTA RICA</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Nov 2009 20:42:56 +0000</pubDate>
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		<description>Hola hermanos Hondureños: Voy a terceriar en tan interesante discusión, primero, dado que no se conoce ni se menciona en la discusión, la Contitución prohibe la expulsión de cualquier Hondureño del territorio. Art. 102. Para que exista juridicamente una &quot;Sucesión Constitucional&quot; debe estar el procedimiento debidamente promulgado y publicado en la GACETA. El golpe lo instauró por la fuera de las armas. Y definitivamente eso no es &quot;DERECHO&quot;, es &quot;TIRANIA&quot;, POR MAS QUE QUIERAN MAQUILLARLA DE JURIDICA. saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola hermanos Hondureños: Voy a terceriar en tan interesante discusión, primero, dado que no se conoce ni se menciona en la discusión, la Contitución prohibe la expulsión de cualquier Hondureño del territorio. Art. 102. Para que exista juridicamente una &#8220;Sucesión Constitucional&#8221; debe estar el procedimiento debidamente promulgado y publicado en la GACETA. El golpe lo instauró por la fuera de las armas. Y definitivamente eso no es &#8220;DERECHO&#8221;, es &#8220;TIRANIA&#8221;, POR MAS QUE QUIERAN MAQUILLARLA DE JURIDICA. saludos.</p>
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		<title>By: Jose Luis Rivas</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-70</link>
		<dc:creator>Jose Luis Rivas</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Jul 2009 23:26:20 +0000</pubDate>
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		<description>La constitución no contempla un llamado a &lt;em&gt;consulta popular&lt;/em&gt;, ni siquiera una encuesta como procedimiento para modificar la constitución.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La constitución no contempla un llamado a <em>consulta popular</em>, ni siquiera una encuesta como procedimiento para modificar la constitución.</p>
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		<title>By: Pepito Grillo</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-68</link>
		<dc:creator>Pepito Grillo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Jul 2009 15:26:54 +0000</pubDate>
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		<description>Usted mismo tiene la respuesta, señor Rivas. Lo que se pretende es modificar la constitución, mediante los procedimientos contemplados en la misma, para modificar los artículos que impiden la reelección, siendo uno de ellos el artículo 42 mencionado por usted. Existe una sutil pero vital diferencia que usted no sabe o no quiere ver.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Usted mismo tiene la respuesta, señor Rivas. Lo que se pretende es modificar la constitución, mediante los procedimientos contemplados en la misma, para modificar los artículos que impiden la reelección, siendo uno de ellos el artículo 42 mencionado por usted. Existe una sutil pero vital diferencia que usted no sabe o no quiere ver.</p>
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		<title>By: Jose Luis Rivas</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-67</link>
		<dc:creator>Jose Luis Rivas</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Jul 2009 05:54:46 +0000</pubDate>
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		<description>http://www.scribd.com/doc/17042989/Documentos-de-Orden-de-Captura

Ese documento sirve para esclarecer la mayoría de sus dudas. Ahora, si se debe hacer un impeachment, la ley establece de que el congreso decide sin necesidad de hacer la escucha, más por supuesto está a juicio del congreso hacerlo o no.

En lo único que concuerdo con Ud. y también me llena de dudas es si tienen la posibilidad de deportarlo como lo hicieron, pues tenían era orden de captura para que además cumpliera condena. Por cierto, según las leyes, dadas todas las pruebas no era necesaria ni siquiera la carta de renuncia del presidente para cesarlo del poder.

Saludos, y disculpe por la tardía respuesta.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.scribd.com/doc/17042989/Documentos-de-Orden-de-Captura" rel="nofollow">http://www.scribd.com/doc/17042989/Documentos-de-Orden-de-Captura</a></p>
<p>Ese documento sirve para esclarecer la mayoría de sus dudas. Ahora, si se debe hacer un impeachment, la ley establece de que el congreso decide sin necesidad de hacer la escucha, más por supuesto está a juicio del congreso hacerlo o no.</p>
<p>En lo único que concuerdo con Ud. y también me llena de dudas es si tienen la posibilidad de deportarlo como lo hicieron, pues tenían era orden de captura para que además cumpliera condena. Por cierto, según las leyes, dadas todas las pruebas no era necesaria ni siquiera la carta de renuncia del presidente para cesarlo del poder.</p>
<p>Saludos, y disculpe por la tardía respuesta.</p>
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		<title>By: Jose Luis Rivas</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-66</link>
		<dc:creator>Jose Luis Rivas</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Jul 2009 23:37:03 +0000</pubDate>
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		<description>Ya que vamos a hablar de &lt;em&gt;ridiculeces&lt;/em&gt; deberías leerte el artículo 5 de la ley electoral de Honduras. Así podrás ver de que Zelaya incumplió el art. 2 y el art. 3 de la constitución usurpando poderes y por ende nadie debe obediencia a él.

Yo sé leer, muchas gracias. Además, mi gusto por el Estado de Derecho es tal que es lo primero que defiendo y por lo que he luchado en mi país donde jamás se ha cumplido en el aspecto material y un caso como el de Honduras obtiene mi profundo respeto pues no permite que un intento de tiranía llegue a concretarse.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ya que vamos a hablar de <em>ridiculeces</em> deberías leerte el artículo 5 de la ley electoral de Honduras. Así podrás ver de que Zelaya incumplió el art. 2 y el art. 3 de la constitución usurpando poderes y por ende nadie debe obediencia a él.</p>
<p>Yo sé leer, muchas gracias. Además, mi gusto por el Estado de Derecho es tal que es lo primero que defiendo y por lo que he luchado en mi país donde jamás se ha cumplido en el aspecto material y un caso como el de Honduras obtiene mi profundo respeto pues no permite que un intento de tiranía llegue a concretarse.</p>
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		<title>By: Jose Luis Rivas</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-65</link>
		<dc:creator>Jose Luis Rivas</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Jul 2009 23:32:54 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://joseluisrivas.net/?p=312#comment-65</guid>
		<description>No estoy intentando engañar a nadie, precisamente por esa razón hago referencias a documentos fácilmente auditables como la constitución de Honduras. El artículo 42 en su numeral 5 es muy claro: «Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República».

La incitación al continuismo es clara. Ahora, sí me dice que no entonces no seré yo quién esté intentando engañar sino por el contrario: usted.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No estoy intentando engañar a nadie, precisamente por esa razón hago referencias a documentos fácilmente auditables como la constitución de Honduras. El artículo 42 en su numeral 5 es muy claro: «Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República».</p>
<p>La incitación al continuismo es clara. Ahora, sí me dice que no entonces no seré yo quién esté intentando engañar sino por el contrario: usted.</p>
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		<title>By: Jose Luis Rivas</title>
		<link>http://joseluisrivas.net/2009/06/29/%c2%bfgolpe-de-estado-o-pleno-funcionamiento-del-estado-de-derecho/comment-page-1/#comment-64</link>
		<dc:creator>Jose Luis Rivas</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Jul 2009 23:28:47 +0000</pubDate>
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		<description>Esa es la forma más simplista que existe de verlo. Puedes cambiar el texto pero si tus intenciones son cambiarlas para mantener en el poder a alguien eliminando la alternabilidad entonces sí, eres un traidor.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Esa es la forma más simplista que existe de verlo. Puedes cambiar el texto pero si tus intenciones son cambiarlas para mantener en el poder a alguien eliminando la alternabilidad entonces sí, eres un traidor.</p>
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