Hasta ayer no conocía la constitución de Honduras. Vaya que es bueno que cosas como esta pasen para conocer lo que es una constitución que hace prevalecer lo que dice sin posibilidad a interpretaciones erróneas y re-interpretaciones peores.

Como dirían coloquialmente: «más claro no canta un gallo». Hoy existe la disyuntiva sobre si lo que hizo el congreso hondureño fue un golpe de Estado o es meramente el pleno funcionamiento del Estado de Derecho.

Desde Escolar.net intentan explicar lo que sucede. De hecho, intentan eliminar el argumento de la reelección citando una entrevista a Zelaya por El País donde en la pregunta 10 dice lo siguiente:

P. La oposición dice que lo que en realidad hay detrás de la consulta del domingo es su intento de perpetuarse en el poder.

R. Mire… Honestamente. No tengo ninguna opción de quedarme en el poder. La única sería romper el orden constitucional y no lo voy a hacer.

Muy claro hasta ahí. De seguro quienes vienen de leer el artículo en Escolar.net leen hasta ahí y se convencen del argumento de que él no pretendía reformar la constitución con la idea de la reelección. Pero entonces, los invito a leer la pregunta posterior a esa:

P. ¿Es su palabra?

R. Sí, yo voy a terminar mi gobierno el 27 de enero del 2010. Eso es lo que voy a hacer. Pero sí voy a dejar un proceso para abrir la democracia, abrir la economía abrir la posibilidad de que un presidente pueda ser reelegido en el futuro. Aunque no sé si para entonces voy a estar disponible.

Después de leído eso simplemente haré referencia al artículo 4 de la constitución de Honduras que dice en su segundo párrafo que «La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria.» y remata con «La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.».

Muy bien, hasta ahí comprendemos, cometió una infracción y es traidor a la patria, ahora pasemos a la expulsión donde fácilmente pueden llamar al artículo 42 de la constitución hondureña que trata como pueden perder la ciudadanía y en el numeral 5 especifica: «Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República».

Cuando se cumple lo que dictan las leyes se está manteniendo el pleno ejercicio del Estado de Derecho. En Escolar.net la segunda razón explican de que la encuesta no era de caracter vinculante. Sí, es cierto, más sin embargo no es falso de que de igual manera — y bien demostrado con la misma entrevista que ellos citan — se buscaba eso con la reforma lo cuál es «incitar, promover y apoyar».

Eso, como decía un ejercicio que nos colocó hoy Emeterio Gómez, en un conversatorio de Ética y Racionalismo, no se convierte en una decisión, la razón ya le dicta a los políticos hondureños que hacer: hacer prevalecer el Estado de Derecho que, además, es bien explícito y no se presta a otras interpretaciones.

Muy bien pueden argumentar que no era la reelección explícitamente de Zelaya, pero igual buscaba la reelección del presidente y la Carta Magna de Honduras es muy clara al respecto. ¿Y qué hay de la voluntad popular? Y con esto se abre el debate de la democracia ilimitada sobre lo que escribiré luego, de nuevo. Más ese hecho no se sobrepone al hecho de que en Honduras no hubo un Golpe de Estado sino el pleno funcionamiento del Estado de Derecho.

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